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¿Tienen las empleadas de hogar derecho al paro?

Es curioso el dato de que un grupo social tan importante a la vez que antiguo como es el de empleados y empleadas de hogar su regulación jurídica haya llegado a cuenta gotas.


Recientemente se han producido cambios en la normativa reguladora del servicio doméstico, cambiando del Régimen especial al Régimen general, pero este cambio no es tan revolucionario como se pensaba, ya que la única mejora que ha recibido el sector ha sido sobre la incapacidad temporal. Es por ello, que el gremio se encuentre en desigualdad con el resto de trabajadores de otros sectores por el motivo de que NO tienen derecho a paro, ni subsidio, porque no tienen cubierta esta contingencia.


Por lo tanto, si el trabajador o trabajadora no tiene otras cotizaciones distintas de las de empleado de hogar, no podrán disfrutar del paro ni subsidio. Pero de lo contrario, si el trabajador o trabajadora tiene acumulada cotizaciones por desempleo en el Régimen general por otros trabajos anteriores y distintos al de empleado del hogar, si podrán disfrutar de las prestaciones sociales, tales como el paro y el subsidio.

Esto es así porque por desgracia la Ley esta de tal manera.

 
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